Con objeto de facilitar el acceso a las enseñanzas de formación profesional, a través del Decreto 240/2005 se establecieron diversas medidas flexibilizadoras en la oferta, entre ellas la distribución temporal extraordinaria de los ciclos formativos. Esta regulación se encuentra derogada actualmente por la actual normativa autonómica de ordenación general del sistema, que consolida esta fórmula como la modalidad que posibilita la simultaneidad en el tiempo de la formación inicial y la actividad laboral y recibe el nombre de “régimen de alternancia entre formación y trabajo”. Lo que viene a ser, considerando todas las distancias de carácter práctico y conceptual que se precisen, nuestro particular “sistema dual” en el ámbito de la formación profesional inicial .
La alternancia se ha dirigido, preferentemente, al alumnado matriculado en ciclos formativos de grado medio o superior con baja demanda de matriculación y a sectores o actividades económicas con falta de personal cualificado. Pueden participar centros educativos de titularidad pública o privada presentando un proyecto de viabilidad para implantar el programa. La participación activa del profesorado en el seguimiento de los alumnos se considera actividad de innovación a efectos de reconocimiento de los estadios de promoción docente a los funcionarios de carrera no universitarios.
La experiencia consiste, básicamente, en impartir ofertas formativas vinculadas a la formalización de convenios de colaboración entre las empresas y los titulares del centro educativo para poder cualificar a los alumnos matriculados en un ciclo formativo, a través de un proceso conjunto de formación y trabajo que se extiende a lo largo del mismo, mediante un contrato laboral a tiempo parcial. Todo el alumnado debe disponer de un lugar de trabajo y recibe por tanto, el salario estipulado. En dicho convenio de colaboración, por norma general, se establecen, como mínimo:

la distribución temporal extraordinaria ( generalmente, al largo de dos cursos, si el ciclo es de un año, y de tres cursos, si el ciclo es de dos),

la organización del tiempo (por días a la semana, por semanas o quincenas, en turnos de mañana o tarde). Durante el primer trimestre del primer curso del ciclo formativo el alumno realiza exclusivamente formación en el centro educativo y, a partir del segundo trimestre y hasta la finalización del ciclo, alterna la formación y el trabajo,

el límite horario (la jornada máxima incluida la formación y el trabajo, que es de cuarenta horas semanales y ocho diarias; con carácter general, 4h en la empresa y cuatro en el centro

la asignación del alumno al lugar de trabajo,

el mecanismo de coordinación y de seguimiento de cada alumno, tanto por parte de la empresa como del centro. Se designan dos tutores, uno del centro y otro de la empresa, que se encargan de seguir el proceso de aprendizaje del alumno y se reúnen una vez al mes.

Todos los alumnos deben firmar un documento donde se comprometen, a cumplir con los requisitos establecidos.

Los resultados de la experiencia, que empezó en el 2008 con 200 plazas, a día de hoy, son bastante discretos. No se ha dado el impulso y la generalización esperada en esta modalidad. Los centros educativos que la han implantado señalan, como principal impedimento, la falta de empresas dispuestas a asumir la responsabilidad -¿social?-  que implica un modelo de estas características, a pesar de la valoración de éxito que hacen la mayoría de centros empresariales que han participado en alguna experiencia.

¿Podríamos mejorar?
Se puede y se debe mejorar. La posibilidad de alternar la formación inicial con el trabajo no sólo es positiva desde el punto de vista del aprendizaje, la madurez, la especialización profesional o, si se quiere,  como la fórmula más capaz  de relacionar eficazmente los intereses de cualificación de las personas y de las empresas, sino también porque puede contribuir determinantemente en la  reducción los desmesurados niveles de desempleo juvenil y de abandono de las enseñanzas postobligatorias.
Por ello debería ser una eje estratégico de cualquier plan o acción de gobierno. Un plan que debería escapar de las comparaciones poco útiles -y sólo de éstas- con otros modelos o sistemas con los que no tenemos demasiados puntos de comparación y que ha de diseñarse y planificarse, ineludiblemente,  con la participación de los agentes sociales. No, no somos Alemania. Allí el coste de la formación en alternancia del sistema dual lo asume íntegramente la empresa, por nombrar sólo alguna de las grandísimas diferencias  -no sólo económicas- que nos separan en este particular.
Dos requisitos urgentes
1.- La organización y la gestión de los centros docentes debe cambiar. Parte del éxito de estos programas se basa en la capacidad que han tenido los centros de “convertir” a sus profesores en tutores expertos y en dotarles de tiempo para llevarlos a cabo. No se puede pretender que ese “ingenio” se generalice a base de voluntarismo o de una pretendida eficacia de las  decisiones en la gestión de los recursos de los centros educativos, amparada en la individualidad de su autonomía. Deben establecerse perfiles de trabajo (profesionalización) y criterios claros de organización y gestión para que los centros tengan la oportunidad de disponer y organizar los recursos necesarios. ¿Para cuando en Cataluña un nuevo acuerdo de personal docente para los ciclos de formación profesional? ( el último, del 1999). El único impulso que se le ha dado a este acuerdo ha sido el de alterar condiciones pactadas para aplicar recortes a los recursos de los centros y a las condiciones de trabajo del profesorado ( http://ves.cat/a-3- ). En nuestro contexto, es tremendamente difícil un impulso real de transformación de la formación profesional, en cualquier sentido, sin la participación de la formación profesional del sistema educativo y la complicidad del profesorado.
2.-Reforzar el estímulo y el acompañamiento de la Administración. Hay que fomentar la utilización de estos programas entre el sector empresarial. Para el profesorado ya supone una auténtica odisea encontrar centros para que sus alumnos puedan hacer las FCT. Sin una figura concreta en los centros que se ocupe de impulsar y mantener este tipo de experiencias, la ayuda de la administración pasa de ser necesaria -que lo es, en cualquier caso- a imprescindible. Es una condición indispensable que la empresa conozca y comprenda bien las ventajas y oportunidades de este tipo de experiencias y que cuente con estímulo suficiente para promoverlas.
Empecemos por aquí. O por otro sitio, pero empecemos.
Montse  Milán Hernández
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